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NOTA INFORMATIVA: Con motivo del Estado de Alarma en el que nos encontramos, os recordamos que: Primero: Los plazos administrativos están...

NOTA INFORMATIVA:

Con motivo del Estado de Alarma en el que nos encontramos, os recordamos que:

  • Primero: Los plazos administrativos están interrumpidos, luego, se aceptarán solicitudes en los 20 días naturales siguientes a la fecha en que se decrete la finalización del estado de alarma.
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  • Segundo: Las solicitudes que se presenten desde ahora hasta la fecha de finalización del estado de alarma también serán admitidas como presentadas dentro de plazo.
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  • Tercero: Se podrán mandar solicitudes por correo ordinario, mientras correos no interrumpa el servicio.  Quien lo haga a través de correos tendrá que tener en cuenta el art. 7 del R.D. 453, pero eso es cosa suya.
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  • Cuarto: Mientras dure el estado de alarma no se podrán presentar solicitudes presencialmente en las oficinas de la Mancomunidad ni en ninguna otra oficina de una administración pública.
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